miércoles, 12 de agosto de 2015

La ausencia del Congreso en el proceso civilizatorio de Tabasco

Por Ricardo León Caraveo

El derecho parlamentario es una de las ramas del derecho público menos estudiada en México y con pocas aportaciones creativas para mejorar la estructura y desempeño del poder legislativo en los ámbitos Federal y local. El estado hegemónico -Alonso Lujambio lo define como el régimen autoritario más longevo del mundo del siglo XX- tiene en los parlamentos de las entidades federativas instituciones de soporte. La falta de cambios estructurales en el poder público de las entidades federativas impone el gradualismo en el desarrollo democrático y será política, histórica y económicamente costoso. Los hechos citados, impiden modelos democráticos en los poderes legislativos locales. 

El presidencialismo dejó como herencia el cacicazgo institucional en los gobernadores, quienes con facultades metaconstitucionales controlan a los otros poderes públicos, imposibilitando una auténtica división de poderes y la participación democrática pluralista. Los gobernadores son jefes de estado, de sus partidos y jefes político-administrativos del ejecutivo, pero además jefes políticos del legislativo.

Clases políticas conservadoras, oligarquías empresariales y oportunismo han impedido la movilidad social y saboteado modelos de educación media superior, creando falsos intelectuales legitimadores de la clase gobernante al justificar corrupción e impunidad. El derecho es interpretado sin racionalismo objetivo, atentando contra la bilateralidad, coercibilidad, heteronomía y abstracción que le son naturales. Renuentes y renunciantes del respeto a los derechos humanos los gobernadores omiten los deberes y hacen sinsentidos. ¿Dónde está la fuerza moral, jurídica y política del parlamento?

Gobernadores que se reeligen (Yucatán, Víctor Cervera) o endeudan a sus entidades, por ejemplo: Tabasco (granierato), Chihuahua, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Nuevo León y Coahuila integran una larga historia de impunidad, donde los parlamentos han sido cómplices.

Los poderes legislativos locales carecen de profesionalización, áreas administrativas especializadas, y en consecuencia, el producto legislativo es deficiente, estimulando el mal gobierno y la corrupción. Estamos en el círculo vicioso de la mediocridad y renuncia a la profesionalización de intelectuales, empresarios y clase política.

La ineficacia parlamentaria ha convertido a los tabasqueños en el tercer estado más deshonesto en obra pública (1975-2005) y socialmente indiferente ante el 57% de tabasqueños en pobreza, de los cuales 14.3 % está en pobreza extrema. Irresponsablemente están aportando a la deslegitimación del poder legislativo del Estado, cuando la aprobación de las cuentas públicas estatales y municipales, es moneda de cambio de acuerdos sin contenido social.¡Podrá haber gobernabilidad pero la gobernanza peligra!

Los partidos políticos imponen cuotas estructurales justificándolas en porcentajes de votación, pero en términos reales es por beneficios económicos, no importando el conflicto de intereses. Los congresos en las entidades federativas están secuestrados por burocracias partidistas, sin preparación y sentido de pertenencia.

El Estado de Derecho, es débil e ineficiente, están actualizados los síntomas del estado fallido por la inseguridad, la corrupción, la impunidad y el abandono de sus finalidades. El parlamento no es contrapeso sino cómplice del ejecutivo.

El poder legislativo en las entidades federativas es un apéndice del poder ejecutivo, es decir, del gobernador en turno. Falta independencia política, fiscalizadora e iniciativas. El derecho perdió su valor cohesionante en la práctica del parlamentarismo tabasqueño, dando paso a la verbocracia legitimadora del gobernante y partido en turno.

La inapropiada distribución de competencias, funciona como instrumento de cooptación, las ideologías sucumben ante la corrupción por una trama de complicidades. El poder legislativo no es un espacio de desarrollo y deliberación democrática, sino de legitimación de poderosos gobernadores. La debilidad institucional es una forma de control.

En ese contexto el Congreso de Tabasco y de un gran número de entidades federativas, es reformado pero sin alterar los controles estructurales, obstaculizando la profesionalización y destruyendo la función de espacio jurídico-político de confrontación de ideas y políticas públicas.

La alternancia, que en México requería ser reformista, es solo un fenómeno de cambio de partido y verbocracia, porque impera la Ley de Hierro de las oligarquías, consistente en que prevalezcan las instituciones que antes criticaban.

La eficiencia del congreso no está sustentada en el pleno, este es solo una parte. En las comisiones está el quehacer parlamentario, por ello la calidad de ordinarias que técnicamente les concede el Derecho Legislativo. La restructuración y profesionalización del parlamento es detonador del desarrollo integral del Estado.

El diseño estructural del congreso es obsoleto, es decir, la Ley vigente no responde a los tiempos de pluralidad política en la Entidad; y “enmiendan” pero no solucionan. Reformas de forma pero no hay voluntad de una reforma de fondo. Las atribuciones deben precisarse en la ley, no es lo mismo “apoyar que asesorar”, existen diferencias de fondo entre “anteproyecto, proyecto, iniciativa y dictamen”, que si bien son parte del proceso legislativo, dependen de la etapa del procedimiento donde se encuentren para denominarlas de una u otra forma. La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tabasco (LOPLET) no tiene preceptos al respecto y el Reglamento Interior no perfecciona la aplicación, predominando la confusión de las categorías jurídicas, parlamentarias, procesales y políticas.

¿Quién tiene la atribución específica? ¿Cuál es la excepción de la regla general? ¿Quién sustituye? ¿Es factible el voto de censura? ¿Es correcto integrar el voto razonado? ¿Es facultad del legislativo investigar hechos ilícitos? ¿Cuánto tiempo se requiere para el adecuado estudio de las iniciativas? ¿El Instituto de Investigaciones Legislativas debe ser de naturaleza desconcentrada o descentralizada? ¿Es factible normar “el voto de objeción”? ¿Cómo salvaguardar los derechos de un legislador que ejerce el voto objeción? ¿Cómo está diseñada la distribución de competencias? ¿Qué hacer con diputados ñoquis? ¿Grupo o fracción parlamentaria?

El conflicto político disminuirá al establecer normas jurídicas que otorguen funcionalidad. La historia reciente es la alternancia de los partidos políticos al dirigir la Cámara, lo cual han hecho con una Ley Orgánica y un Reglamento que no facilitó acuerdos ni funcionalidad y reformadas improvisadamente. El hecho y el derecho están en caminos opuestos. Nula voluntad de los partidos políticos de reformar el poder legislativo e imponer la transparencia y máxima publicidad.

La no regulación de los diversos procedimientos del poder legislativo, ocasiona el deterioro del fortalecimiento institucional e incongruencia, por ejemplo, el criterio adoptado por las LVIII y LIX legislaturas para el turno de asuntos a comisiones es diferente, no existiendo ningún fundamento del por qué de su proceder, por lo que es ilegal. Las opiniones jurídicas en las legislaturas LVII, LVIII y LIX son diferentes. Lo anterior ocasiona la falta de continuidad en los trabajos entre legislaturas y la permanencia de criterios circunstanciales.

Error que acredita lo defectuoso del sistema legislativo e incluye al Ejecutivo Estatal 2002-2006, es el cometido por la Legislatura LVIII al aprobar la “Ley que reconoce la Danza del Pochó como patrimonio cultural del Municipio de Tenosique y del Estado de Tabasco”. El legislador invadió competencias y dejó prueba documental del “caos de entendimiento” de la Ciencia Jurídica, al no distinguir la diferencia entre “ley y decreto”.

Otro error que acredita la deficiencia del sistema legislativo, es el conceder facultades jurisdiccionales al Tribunal Contencioso Administrativo para resolver impugnaciones de actos del Órgano Superior de Fiscalización, lo anterior en el artículo 60 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tabasco. Criterio que había sido abandonado, pero que ahora es retomado.

Es reproceso innecesario elegir mensualmente a un Presidente de la Mesa Directiva, cuando debiera ser por cada periodo o anualmente la designación. Este tema por simplificación de los procedimientos debe repetirse lo menos posible. La rotación mensual obedecía a la estrategia de dar currículo y movilidad política a los legisladores del sistema hegemónico; pero actualmente es necesaria la estabilidad en el ejercicio de ese cargo, evitando así la “mensual discusión” de la elección.

El pleno no tiene norma secundaria o infralegal que defina los tipos de moción, derechos, obligaciones, intervenciones, réplica, duplica, votación, tipos de voto, voto de censura, pregunta parlamentaria y sesiones. En ocasiones han tenido discusiones irrelevantes como quién va primero y quién después, cuando esto son hechos superables por medio de la regulación. En el uso de la palabra los diputados adoptan el manido recurso de subir a favor y en contra en el mismo tema, ejerciendo excesivamente el derecho a la palabra. La ambigüedad de la norma propicia sesiones prolongadas innecesariamente; físicamente agotadoras para los legisladores, y no resuelven ni aportan.

En el trabajo en comisiones la votación no tiene sustento, y los dictámenes son fundamentados en la LOPLET, sin existir hasta el momento una norma secundaria que regule. El miniparlamento está presente y es promovido desde el poder ejecutivo. El derecho se politiza, y surgen argumentos sin sustancia, pero que no pueden ser revertidos por la falta de “orden y normatividad”, el caos es una forma de control, porque es acomodaticio el argumento. Un diputado vota en contra o a favor sin exponer “argumentaciones legislativas”. El “no” es simple y subjetivo, sin obligación de presentar por escrito su negativa o “razonar el voto”. El debate carece de sustancia, surge la polémica, el efecto mediático frena o acelera y el producto legislativo se pierde. Cuestionan desde el impresionismo individual y desconociendo el sustento legal. ¿Cómo revertir esa polarización? ¿Qué diferencia existe entre los votos institucional, de objeción y razonado?

Las comisiones unidas no tienen precepto en la LOPLET/RIHCET, que establezca la forma de funcionar y generar el producto legislativo; no obstante existe mención de diez modalidades. ¿Quién la preside? ¿Cómo desarrollan la votación? ¿Cuáles son las atribuciones? ¿Cuál es el tiempo para dictaminar? ¿Cuántos diputados las integran y porque? ¿Quién, dónde, cuándo y cómo convoca? ¿Cuál es la finalidad? ¿Es procedente que un diputado integre dos comisiones ordinarias que eventualmente sesionan como comisiones unidas? ¿Qué procede cuando un diputado integra dos comisiones que sesionarán unidas?

El proceso histórico documental de las comisiones, que a pesar de las deficiencias tiene valor, es de difícil consulta o está perdido.

Los periódicos oficiales del Estado están guardados, pero a pesar de que la UJAT cuenta con el Centro de Recuperación Documental más importante del sureste de México en la biblioteca José Martí, no se han rescatado en formatos perenne. La historia documental legislativa peligra, porque no existe un programa de conservación y microfilmado. Tenemos ejemplares en el congreso de Tabasco de 1870 a la fecha sin usarse porque se deterioran, es decir, inaccesibles a los legisladores y al público. Un convenio con la UJAT solventaría esta situación.

La Biblioteca “Nicolás Reynés Berezaluce” del Honorable Congreso, no cumple un rol en la promoción de la cultura parlamentaria, no está integrada al sistema nacional de bibliotecas. Funciona sin tener un reglamento que norme sus actividades. Es una biblioteca indigna de esa calidad.

Las direcciones del Congreso del Estado de Tabasco funcionan sin reglamentos, manuales operativos, lineamientos y criterios, en consecuencia la administración es lenta e incierta para los servidores públicos. Susceptible de hechos impugnes de corrupción.

La LOPLET prevé la existencia de la Dirección de Estudios Legislativos (DEL), pero el supuesto no está actualizado en la realidad de manera uniforme, ha dependido del criterio político en cada Legislatura. ¿Quién ejerce esas atribuciones? La ausencia de uno de los componentes estructurales repercute atrofiando el funcionamiento sistémico-administrativo del Congreso.

La arquitectura parlamentaria es precaria, el edificio se construyó sin la visión de ser recinto del desarrollo democrático y jurídico, carece de espacios acordes a su función, es un edificio donde se despacha pero no está diseñado para trabajar, se pensó en las oficinas de los diputados pero no trabajar en comisiones.

La situación actual del Congreso no es tema de mayorías o partidos, porque hemos fallado todos, estoy convencido que falta voluntad y visión de estado. ¿Prevalece la irresponsabilidad histórica en el proceso civilizatorio de Tabasco?

 
 
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Crisis del TFJA ¡La refundación!